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  • Clasificación de Obras y Servicios

    Clasificación
    de Obras y Servicios

    Asesoramiento, tramitación y presentación de expedientes de Clasificación de Empresas para contratistas de obras y servicios

Nuestros Servicios & Areas de Especialidad

Clasificación

Tramitación de expedientes de clasificación de obras y expedientes de clasificación de servicios

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Mantenimiento

Mantenimiento y ampliación de los grupos y subgrupos de la clasificación empresarial

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Solvencias

Renovación de la solvencia económica y financiera, y de la solvencia técnica y profesional

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Licitaciones

Inscripción y mantenimiento anual en los registros oficiales de licitación RELI y ROLECE

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Asesoría

Le asesoramos para lograr la clasificación con el máximo número de grupos y catgorías

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Certificados

Elaboración de certificados de buena ejecución a partir de la recabación de datos de las obras realizadas

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Alvará

Tramitación de la licencia para la ejecución de obras otorgada por el gobierno portugués

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México

Asesoría para constituir sociedades mercantiles para no residentes e inscripción en el Registro Único de Contratistas de México

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BIENVENIDO A

Grupo ACYC, S.L.

Asesoramiento, tramitación y presentación de expedientes de Clasificación de Empresas para contratistas de obras y servicios ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Somos una empresa especializada en la tramitación y presentación de expedientes de clasificación de empresas tanto para el Estado como para las comunidades Autónomas con competencias, nuestra empresa cuenta con una amplia oferta de servicios a medida para empresa. Nuestros clientes son nuestra razón der ser por esto nos esforzamos día a día para ofrecerle un servicio personalizado y de calidad.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es la clasificación de empresas?

    La Clasificación Empresarial es el reconocimiento de la capacidad de una empresa para llevar a cabo obras o servicios que por la dimensión económica es indispensable para acceder a contratos públicos.

    A partir de ciertas cantidades de importe de obras y servicios, es requisito obligatorio que la empresa obtenga el correspondiente certificado de Clasificación expedido por la Junta Consultiva de contratación administrativa o Juntas Consultivas Autonómicas con competencias.
  • ¿Quién concede la clasificación de empresas?

    La Clasificación es otorgada por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, encuadrado en la Dirección General de Patrimonio, mediante acuerdos de una Comisión de Clasificación, en la que tienen representación los principales Ministerios inversores (Fomento, Educación, etc.), así como representantes de las Asociaciones Profesionales del Sector.

    No obstante, la Ley permite que las diversas Comunidades establezcan sus propias Juntas Consultivas y Comisiones de Clasificación, aplicando los mismos criterios que la dependiente de la Administración Central. Por el momento, han instaurado sus propias Clasificaciones las siguientes comunidades:

    La Clasificación concedida por éstas ya no podrá hacerse extensiva en ningún caso a las demás Administraciones al haber desaparecido de la Ley el procedimiento de extensión de efectos.

  • ¿Cómo saber si mi empresa puede clasificarse?

    Es necesario tener en cuenta una serie de datos e información básica como la antigüedad de la empresa, objeto social, cifra de patrimonio neto, experiencia constructiva en los subgrupos que pretendan clasificarse, medios personales, medios materiales tanto en propiedad como alquiler o arrendamiento financiero.

    Una vez analizados todos estos datos se calcula el índice de empresa que es el que aplicándolo al mayor volumen de obra ejecutado en el quinquenio de cada subgrupo de obras o al mayor volumen de obra ejecutado en el trienio para servicios nos dará la categoría que se reasignara a cada subgrupo. Siempre es requisito básico estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • ¿Cuáles son los grupos y subgrupos de obras?

    A) MOVIMIENTO DE TIERRAS Y PERFORACIONES
    1. Desmontes y Vaciados
    2. Explanaciones
    3. Canteras
    4. Pozos y galerías
    5. Túneles

    B) PUENTES, VIADUCTOS Y GRANDES ESTRUCTURAS
    1. De fábrica u hormigón en masa
    2. De hormigón armado
    3. De hormigón pretensado
    4. Metálicas

    C) EDIFICACIONES
    1. Demoliciones
    2. Estructuras de fábrica u hormigón
    3. Estructuras metálicas
    4. Albañilería, revocos y revestidos
    5. Cantería y marmolería
    6. Pavimentos, solados y alicatados
    7. Aislamientos e impermeabilizaciones
    8. Carpintería de madera
    9. Carpintería metálica

    D) FERROCARRILES
    1. Tendido de vías
    2. Elevados sobre carril o cable
    3. Señalizaciones y enclavamientos
    4. Electrificación de ferrocarriles
    5. Obras de ferrocarriles sin cualificación específica

    E) HIDRÁULICAS
    1. Abastecimientos y saneamientos
    2. Presas
    3. Canales
    4. Acequias y desagües
    5. Defensas de márgenes y encauzamientos
    6. Conducciones con tubería de presión de gran diámetro
    7. Obras hidráulicas sin cualificación especifica

    F) MARÍTIMAS
    1. Dragados
    2. Escolleras
    3. Con bloques de hormigón
    4. Con cajones de hormigón armado
    5. Con pilotes y tablestacas
    6. Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas
    7. Obras marítimas sin cualificación específica
    8. Emisarios submarinos

    G) VIALES Y PISTAS
    1. Autopistas, autovías
    2. Pistas de aterrizaje
    3. Con firmes de hormigón hidráulico
    4. Con firmes de mezclas bituminosas
    5. Señalizaciones y balizamientos viales
    6. Obras viales sin cualificación específica

    H) TRANSPORTE PRODUCTOS PETROLÍFEROS Y GASEOSOS
    1. Oleoductos
    2. Gaseoductos

    I) INSTALACIONES ELÉCTRICAS
    1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos
    2. Centrales de producción y energía
    3. Líneas eléctricas de transporte
    4. Subestaciones
    5. Centros de transformación y distribución en alta tensión
    6. Distribución en baja tensión
    7. Telecomunicaciones e instalaciones radioeléctricas
    8. Instalaciones electrónicas
    9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica

    J) INSTALACIONES MECÁNICAS
    1. Elevadoras o transportadoras
    2. De ventilación, calefacción y climatización
    3. Frigoríficas
    4. De fontanería y sanitarias
    5. Instalaciones mecánicas sin cualificación específica

    K) ESPECIALES
    1. Cimentaciones especiales
    2. Sondeos, inyecciones y pilotajes
    3. Tablestacados
    4. Pinturas y metalizaciones
    5. Ornamentaciones y decoraciones
    6. Jardinería y plantaciones
    7. Restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos
    8. Estaciones de tratamiento de aguas
    9. Instalaciones contra incendios

  • ¿Cuáles son los grupos y subgrupos de servicios?

    L) SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
    1. Servicios auxiliares para trabajos administrativos de archivo y similares.
    3. Encuestas, toma de datos y servicios análogos.
    5. Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones.
    6. Servicios de portería, control de accesos e información al público.

    M) SERVICIOS ESPECIALIZADOS
    1. Higienización, desinfección, desinsectación y desratización.
    2. Servicios de seguridad, custodia y protección.
    4. Artes gráficas.
    5. Servicios de bibliotecas, archivos y museos.
    6. Hostelería y servicios de comida.

    O) SERVICIOS DE CONSERVACIÓN Y MTO. DE BIENES INMUEBLES
    1. Conservación y mantenimiento de edificios.
    2. Conservación y mto. de carreteras, pistas, autopistas, autovías, calzadas y vías férreas.
    3. Conservación y mantenimiento de redes de agua y alcantarillado.
    4. Conservación y mantenimiento y explotación de estaciones depuradoras.
    6. Conservación y mantenimiento de montes y jardines.

    P) SERVICIOS DE MTO. Y REPARACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES
    1. Mto. y reparación de equipos e instalaciones eléctricas y electrónicas.
    2. Mto. y reparación de equipos e instalaciones de fontanería, conducciones de agua y gas.
    3. Mto. y reparación de equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado.
    5. Mto. y reparación de equipos e instalaciones de seguridad y contra incendios.
    7. Mto. y reparación de equipos e instalaciones de aparatos elevadores y de traslación horizontal.

    Q) SERVICIOS DE MTO. Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA
    1. Mantenimiento y reparación de maquinaria.
    2. Mantenimiento y reparación de vehículos.

    R) SERVICIOS DE TRANSPORTES
    1. Transporte de viajeros por carretera.
    2. Traslado de enfermos por cualquier medio de transporte.
    5. Recogida y transporte de residuos.
    6. Servicios aéreos.
    9. Servicios de mensajería, correspondencia y distribución.

    T) SERVICIOS DE CONTENIDO
    1. Servicios de publicidad.
    5. Servicios de traductores e intérpretes.

    U) SERVICIOS GENERALES
    1. Servicios de limpieza.
    4. Agencias de viajes.
    8. Servicios de información y asistencia telefónicas.

    V) SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
    3. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones informáticos y de telecomunicaciones.
    4. Servicios de telecomunicaciones.
    5. Servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas.

  • ¿Qué son las categorías de clasificación?

    Las categorías de la clasificación se asignan a a cada subgrupo tomando en cuenta tanto los fondos propios como la experiencia constructiva y son diferentes para los subgrupos de obras y los subgrupos de servicios.

    OBRAS

    • Categoría 1, si su cuantía es inferior o igual a 150.000 euros.
    • Categoría 2, si su cuantía es superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros.
    • Categoría 3, si su cuantía es superior a 360.000 euros e inferior o igual a 840.000 euros.
    • Categoría 4, si su cuantía es superior a 840.000 euros e inferior o igual a  2.400.000 euros.
    • Categoría 5, si su cuantía es superior a 2.400.000 euros e inferior o igual a cinco millones de euros.
    • Categoría 6, si su cuantía es superior a cinco millones de euros.

    SERVICIOS

    • Categoría 1, Cuando la cuantía del contrato sea inferior a 150.000 euros.
    • Categoría 2, Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros.
    • Categoría 3, Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros.
    • Categoría 4, Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 600.000 euros e inferior a 1.200.000 euros.
    • Categoría 5, Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 1.200.000 euros.
  • ¿Cuál es la vigencia de la clasificación empresarial?

    La clasificación empresarial tiene una vigencia indefinida, siempre y cuando cada año se presente la Renovación de la Solvencia Económica y Financiera y cada tres años la Renovación de la Solvencia Técnica y Profesional.

    Más información

    Según el artículo 70 del texto refundido de la L.C.S.P. la clasificación de las empresas tendrá una vigencia indefinida en tanto se mantengan por el empresario las condiciones y circunstancias en que se basó su concesión. No obstante para la conservación de la clasificación deberá justificarse anualmente el mantenimiento de la solvencia económica y financiera y, cada tres años, el de la solvencia técnica y profesional. La clasificación será revisable a petición de los interesados o de oficio por la Administración en cuanto varíen las circunstancias tomadas en consideración para concederla.

    En todo caso, el empresario está obligado a poner en conocimiento del órgano competente en materia de clasificación cualquier variación en las circunstancias que hubiesen sido tenidas en cuenta para concederla que pueda dar lugar a una revisión de la misma. La omisión de esta comunicación hará incurrir al empresario en la prohibición de contratar prevista en la letra e) del apartado 1 del artículo 60.

    Los órganos competentes en materia de clasificación podrán solicitar en cualquier momento de las empresas clasificadas o pendientes de clasificación los documentos que estimen necesarios para comprobar las declaraciones y hechos manifestados por las mismas en los expedientes que tramiten, así como pedir informe a cualquier órgano de las Administraciones públicas sobre estos extremos.

  • ¿Qué son los certificados de buena ejecución?

    Los Certificados de Buena Ejecución son documentos en los cuales se hace constar que la empresa ha realizado trabajos del subgrupo en el cual se quiere clasificar y que detalla en que consistieron las obras o servicios que la empresa ejecuto, de esta manera se justifica la experiencia de la empresa.
  • ¿Qué es el RELI?

    El RELI o Registro de Licitadores es un como su nombre lo dice un registro en el cual aparecen las empresas clasificadas en las Comunidades Autónomas, al estar en este registro las empresas evitan presentar toda la documentación que se pide a la hora de licitar, simplemente con el hecho de estar inscrito se puede acceder a los concursos autonómicos sin presentar documentación administrativa. Nuestra empresa da el servicio de inscripción y mantenimiento anual del RELI para así poder agilizar la presentación a concursos de nuestros clientes.
  • Qué es el ROLECE?

    El ROLECE o Registro Oficial de licitadores y empresas clasificadas del Estado es un registro en el que al igual que el RELI aparecen las empresas Clasificadas pero en este caso las empresas clasificadas del Estado. Las empresas que figuran en este registro no necesitan presentar la documentación requerida cada vez que se presentan a un concurso. Nuestra empresa ofrece el servicio de inscripción y mantenimiento de ROLECE apara así poder agilizar la presentación a concursos de nuestros clientes.
  • ¿Qué es una UTE?

    Una UTE o Unión Temporal de Empresas es en donde dos o más empresas o empresarios se unen durante un tiempo para llevar a cabo de manera conjunta una obra o servicio. Esta unión temporal va a caracterizarse por la existencia de un objeto social único, consistente en la realización de la obra o servicio en común. A partir de este objeto social único la duración de la UTE va a venir determinada por la duración que tenga la obra o servicio a desempeñar de manera conjunta.
  • ¿Qué es el CPV?

    El CPV consiste en un vocabulario principal para definir el objeto de un contrato y un vocabulario suplementario para añadir información cualitativa adicional. El vocabulario principal se basa en una estructura arborescente de códigos de hasta 9 dígitos (un código de 8 dígitos más un dígito de verificación) que corresponden a un enunciado que describe los suministros, obras o servicios objeto del contrato.

    El CPV se compone de un vocabulario principal y un vocabulario suplementario.

    El vocabulario principal se basa en una estructura arborescente de códigos de hasta nueve dígitos, que corresponden a un enunciado que describe los suministros, obras o servicios objeto del contrato.

    • Divisiones, identificadas por los 2 primeros dígitos del código (XX000000-Y);
    • Grupos, identificados por los 3 primeros dígitos del código (XXX00000-Y);
    • Clases, identificadas por los 4 primeros dígitos del código (XXXX0000-Y);
    • Categorías, identificadas por los 5 primeros dígitos del código (XXXXX000-Y);

    Cada uno de los 3 últimos dígitos aporta un grado mayor de precisión dentro de cada categoría.

    Un noveno dígito sirve para verificar los dígitos precedentes.

    El vocabulario suplementario podrá utilizarse para completar la descripción del objeto del contrato. Lo constituye un código alfanumérico, al que corresponde un enunciado que permite aportar mayores precisiones sobre la naturaleza o el destino específicos del bien que va a adquirirse.

    El código alfanumérico incluye:

    • un primer nivel constituido por una letra que corresponde a una sección;
    • un segundo nivel constituido por cuatro dígitos: los tres primeros forman una subdivisión y el último un modo de control.

  • ¿Cómo utilizar el CPV?

    ¿Es obligatorio el uso de la clasificación CPV en los formularios normalizados?

    El uso del CPV es obligatorio en la Unión Europea desde el 1 de febrero de 2006.

    La versión 2008 del CPV es la versión en vigor para:

    1. Rellenar los formularios de anuncios de licitación
    2. Buscar oportunidades comerciales en TED
    3. Encontrar anuncios de licitación en los archivos de TED

    ¿Cómo rellenar los formularios de anuncios de licitación con el CPV?

    Los poderes adjudicadores deben tratar de encontrar el código que mejor se ajuste a la adquisición prevista. Si bien en algunas ocasiones los poderes adjudicadores pueden tener que elegir entre diversos códigos, es importante que seleccionen un único código para el título del anuncio de licitación. Si el CPV fuera inexacto, los poderes adjudicadores deberán referirse a la división, grupo, clase o categoría que mejor describa su adquisición prevista (un código más general que puede reconocerse fácilmente porque tiene más ceros).

Cuéntenos sobre su proyecto,
estamos para ayudarle.

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